El próximo año, el Ministerio de Trabajo) tendrá una
política de fiscalización más estricta, que en la práctica llevará a que muchas
empresas tengan que asumir contratos laborales indefinidos.
En el IV Congreso Empresarial de Asuntos Laborales (ASLA),
organizado por B &T Meetings, el
laboralista Germán Lora advirtió a las empresas sobre las políticas que
implementaría el MTPE en fiscalización laboral.
Señaló que una sería sancionar la falta de justificación
del origen de la contratación temporal de trabajo (a plazo fijo).
Un error común de las empresas, dijo, es no justificar el
plazo fijo en el contrato o en las renovaciones. Pero lo más grave, advirtió,
es el uso inadecuado, pues utilizan el contrato temporal para trabajos
permanentes.
Recomendó justificar las contrataciones temporales en los
hechos y con documentos, como puede ser la necesidad de atender una variación
repentina del mercado, o reemplazar, por suplencia, a un trabajador.
Gestión envió preguntas a la oficina de comunicaciones
del MTPE pero no tuvo respuestas al cierre de esta edición.
Seguridad ocupacional
Otro aspecto que destacó Lora, es que se sancionaría como falta grave insubsanable (no se permite al empleador cumplirlo después) el accidente en la empresa, incluso en casos fortuitos.
Otro aspecto que destacó Lora, es que se sancionaría como falta grave insubsanable (no se permite al empleador cumplirlo después) el accidente en la empresa, incluso en casos fortuitos.
Explicó que si una trabajadora sufre una lesión al
caminar en el piso alfombrado de la empresa (caso fortuito), el empleador sería
responsable, incluso si dio una adecuada inducción o capacitación, y entregó
documentos de prevención de riesgos. Indicó que el MTPE entendería
que el empleador incumplió su deber de supervisión.
Lora criticó esta política porque desincentivará a que
las empresas cumplan las normas de seguridad.
“Si la empresa costea la capacitación del trabajador, y
la autoridad la multa, entonces le importará poco cumplir con la norma (o
trasladará el costo al trabajador)”, opinó el experto.
Incluso, dijo que, “se llegaría al absurdo” de contratar
a una persona para que solo supervise los riesgos.
T- Registro
El MTPE revisará los plazos de la información consignada en el T-Registro (información laboral en la web de la Sunat) para el 2013.
El MTPE revisará los plazos de la información consignada en el T-Registro (información laboral en la web de la Sunat) para el 2013.
Lora advirtió que serán multadas las empresas que
incumplan consignar la información en el sistema de la Sunat al día siguiente
del ingreso de un trabajador, aun si no han pagado la remuneración (en
planillas y consignado la información en el PDT, otro soporte informático
de la Sunat). Esta infracción se considerará insubsanable.
Las claves
Monto. La sanción máxima fijada por la ley en una inspección es de 30 UIT (S/. 109,500), sin embargo, el Ministerio de Trabajo considera que este límite se aplica por acta de infracción y no por empresa, reveló Germán Lora.
Monto. La sanción máxima fijada por la ley en una inspección es de 30 UIT (S/. 109,500), sin embargo, el Ministerio de Trabajo considera que este límite se aplica por acta de infracción y no por empresa, reveló Germán Lora.
Precisión. Lora indicó que los requerimientos en las
inspecciones deben ser precisos, no generales. Si se exige garantizar la
libertad sindical de los trabajadores, se debe indicar cómo hacerlo.
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